Ámbito de la Subvención:
VALLADOLID
Objeto
Se convocan para el año 2022, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para mejorar las oportunidades de negocio de trabajadores autónomos y microempresas, mediante el apoyo a la implantación y/o mejora de soluciones de comercio electrónico, a través de las siguientes líneas de subvención:
- LÍNEA A: Subvenciones para financiar los gastos derivados de la creación e implantación de una web corporativa, o su mejora.
- LINEA B: Subvenciones para financiar los gastos derivados de la creación e implantación de una tienda “online”, o su mejora.
- LÍNEA C: Subvenciones para financiar la contratación de servicios de posicionamiento en el mercado (SEO) o de publicidad “online” (SEM)
Fecha y Plazos
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 31 de agosto de 2022 (incluido).
Beneficiarios
a).Los trabajadores autónomos que estén dados de alta y tengan su centro productivo o de trabajo en un municipio de la provincia de Valladolid con población inferior a 20.000 habitantes desde, al menos, el 1 de enero de 2022, y que estén empadronados en municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes a fecha de presentación de solicitud.
b).Las microempresas que estén constituidas y tengan su centro productivo o de trabajo en un municipio de la provincia de Valladolid con población inferior a 20.000 habitantes desde, al menos, el 1 de enero de 2022.
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Requisitos
Los beneficiarios de las subvenciones tendrán las obligaciones previstas en el artículo 14 de la LGS. A título meramente enunciativo se señalan las siguientes:
- Cumplir el objetivo, realizar la actividad y/o la inversión que fundamenta la concesión de la subvención.
- Mantener la actividad durante el año 2022.
- Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y/o la inversión y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
- Destinar las inversiones objeto de financiación al fin para el que se concedió la subvención durante, al menos, 2 años desde la fecha de realización de los mismos.
- Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que efectúe la Diputación de Valladolid, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
- Comunicar a la Diputación de Valladolid la obtención de otras subvenciones o ayudas que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, en el momento de la solicitud y en el de la justificación.
- Hacer constar expresamente la subvención de la Diputación de Valladolid en todos los medios utilizados para la divulgación de las actividades subvencionadas.
Cuantía, Inversión y Forma de Pago
La cuantía global destinada a esta línea de subvención asciende a 90.000 euros, con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias del Presupuesto General de la Diputación de Valladolid para 2022: 45.000 euros (Líneas A y B). 45.000 euros (Línea C).
Si tras finalizar el plazo de presentación de solicitudes, y una vez analizadas las solicitudes recibidas, no hay fondos disponibles para una línea o varias líneas y queda sobrante en la otra u otras, en la resolución se podrá utilizar este sobrante para cubrir las solicitudes que no se podrían cubrir inicialmente por falta de fondos. En todo caso, en la distribución del sobrante tendrán preferencias las líneas A y B sobre la línea C, y la línea B sobre la línea A.
Por otra parte, los fondos incluidos dentro del “PLAN IMPULSO 2022”, para todas sus líneas de ayudas o subvenciones y para determinados programas afectados, constituyen un fondo común, de forma que si no se cubre íntegramente la cantidad prevista para cada una de estas líneas de ayudas o programas, se podrá destinar el crédito sobrante a la otra u otras que tenga solicitudes que no se hayan podido cubrir inicialmente por falta de fondos. También se podrán ampliar los fondos destinados a la presente convocatoria si se reciben fondos para este fin por parte de la CCAA, el Estado o la UE.
La cuantía máxima por beneficiario para cubrir los gastos subvencionables previstos en la base quinta de la presente convocatoria (sin incluir el IVA), son las siguientes: • Si el gasto es de 600 euros o inferior, el 90% del coste.
Si el gasto oscila entre 601 y 2.000 euros, el 90% del coste de los primeros 600 euros y el 80% del coste restante.
Si el gasto es superior a 2.000 euros, el 90% del coste de los primeros 600 euros, el 80% del coste entre 601 y 2.000 euros, y el 60% del coste restante, con un máximo de ayuda de 2.500 euros.
Se podrá solicitar la subvención para una, varias o todas las líneas subvencionables, con un máximo de ayuda de 2.500 euros.
-Forma de pago: los beneficiarios recibirán el 75% del gasto presupuestado o previsto, con el carácter de «a justificar» y sin necesidad de constituir garantía. El 25% restante se abonará una vez justificada la totalidad del gasto.
Tipo de proyecto de inversión
-Cuantía total: 90.000 euros.
-Cuantía máxima por beneficiario (sin incluir el IVA):
-Si el gasto es de 600 euros o inferior, el 90% del coste.
-Si el gasto oscila entre 601 y 2.000 euros, el 90% del coste de los primeros 600 euros y el 80% del coste restante.
-Si el gasto es superior a 2.000 euros, el 90% del coste de los primeros 600 euros, el 80% del coste entre 601 y 2.000 euros, y el 60% del coste restante, con un máximo de ayuda de 2.500 euros. Se podrá solicitar la subvención para una, varias o todas las líneas subvencionables, con un máximo de ayuda de 2.500 euros.
Gastos Subvencionables
LÍNEA A. Gastos de creación o mejora de web corporativa, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
-Web relativa a la actividad profesional o empresarial que desarrolle el solicitante. -Implantación obligatoria de los estándares mínimos de seguridad de https y de protección de datos de usurarios conforme a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. -Inclusión de formulario de contacto.
LÍNEA B: Gastos de creación o mejora de web corporativa, siempre que se cumplan las siguientes condiciones, además de las exigidas en el apartado anterior:
-La carga de productos objeto de la tienda que sean relativos a la actividad profesional o empresarial que desarrolle el solicitante.
-La configuración de la pasarela de pago con los medios de seguridad adecuados (TPV).
-La configuración de impuestos.
-Cumplimiento de las condiciones recogidas en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico y otra normativa legal de aplicación.
LÍNEA C: Gastos de contratación de servicios de posicionamiento en el mercado (SEO) o de publicidad «online» (SEM). También será subvencionable el mantenimiento del dominio web, así como las actividades formativas relacionadas con cualquiera de las líneas anteriores, siempre que en este último caso se realice un gasto efectivo incluido en alguna de ellas. Se podrá solicitar subvención para una, varias o todas las líneas.
-Periodo subvencionable: desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2022.
Normativa Oficial
Extracto del Acuerdo nº 57/22, de 22 de abril, de la Junta de Gobierno de la Diputación de Valladolid, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento de la venta online, año 2022
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