Ámbito de la Subvención
Castilla Y León
Objeto
Esta ayuda se basa en la financiación de proyectos de inversión dirigidos a la modernización, digitalización y mejora de la gestión sobre la base de la innovación de los establecimientos comerciales minoristas de la Comunidad de Castilla y León, tanto de los establecimientos existentes como de los de nueva creación ( es decir, aquellos en los que se inicie una nueva actividad comercial. Quedan excluidos aquellos que hayan sido creados después del periodo subvencionable ).
La cuantía por cada establecimiento comercial será de un 50% del presupuesto aceptado, salvo para los gastos en digitalización para los que será de un 75%
El presupuesto máximo aceptado por cada proyecto subvencionable será de 10.000 euros, para los gastos en digitalización, y de 40.000 euros para el resto de los gastos
Fecha y Plazos
Desde el 10 de enero de 2022 hasta el 15 de abril de 2022
Beneficiarios
Personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, que realicen las inversiones subvencionadas dentro del período establecido, y cumplan los requisitos
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Requisitos
- a) Tener la condición de PYME.
- b) Desarrollar su actividad comercial de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Comercio de Castilla y León, aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2014, de 28 de agosto..
- c) La actividad principal en cuanto a volumen de negocio que desarrollen o tengan intención de desarrollar en el establecimiento comercial para el cual se solicita la subvención debe ser estricta y exclusivamente comercial y minorista, quedando excluidos los siguientes grupos o clases:
- I. Clase 47.26.– Comercio al por menor de productos del tabaco en establecimientos especializados.
- II. Clase 47.30.– Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados.
- III. Clase 47.73.– Comercio al por menor de productos farmacéuticos en establecimientos especializados.
- IV. Grupo 47.8.– Comercio al por menor en puestos de venta y mercadillos.
- V. Grupo 47.9.– Comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos.
Además, presentar proyectos de inversión dirigidos a la modernización, digitalización y mejora de la gestión sobre la base de la innovación de los establecimientos comerciales de la Comunidad de Castilla y León, tanto de los establecimientos existentes como de los de nueva creación.
Cuantía, Inversión y Forma de Pago
La cuantía por cada establecimiento comercial será de un 50% del presupuesto aceptado, salvo para los gastos en digitalización para los que será de un 75%, con los siguientes límites:
- a) No serán subvencionables los proyectos con un presupuesto subvencionable inferior a 2.000 euros.
- b) El presupuesto máximo aceptado por cada proyecto subvencionable será de 10.000 euros, para los gastos en digitalización, y de 40.000 euros para el resto de los gastos.
Tipo de proyecto de inversión
La cuantía por cada establecimiento comercial será de un 50% del presupuesto aceptado, salvo para los gastos en digitalización para los que será de un 75%, con los siguientes límites:
- a) No serán subvencionables los proyectos con un presupuesto subvencionable inferior a 2.000 euros.
- b) El presupuesto máximo aceptado será de 10.000 €, para los gastos en digitalización, y de 40.000 euros para el resto de los gastos.
Gastos Subvencionables
- a) La elaboración del diagnóstico, cuando se realice con medios ajenos.
- b) La realización, en su caso, de una auditoría energética y/o una auditoría ambiental, cuando se realicen con medios ajenos.
- c) La redacción de proyectos técnicos y la dirección facultativa de los trabajos.
- d) Las obras e instalaciones de adecuación interior y/o exterior del establecimiento comercial, que afecten al acondicionamiento, la distribución o la mejora de la imagen del mismo, así como:
- Las dirigidas la implantación de buenas prácticas medioambientales que impliquen reducir los consumos energéticos y/o de agua, y/o minimizar la generación de residuos o gestionarlos de forma más adecuada conforme a la jerarquía de residuos, y/o minimizar otros impactos de carácter medioambiental.
- Las dirigidas a la eliminación de barreras que mejoren la accesibilidad a las personas con discapacidad.
- e) La adquisición e instalación de rótulos en el exterior del establecimiento comercial, identificativos del nombre comercial, la marca, el logotipo o similares y la adquisición e instalación de toldos.
- f) La adquisición, instalación y montaje de mobiliario y maquinaria vinculados al ejercicio de la actividad.
- g) Los servicios de apoyo para la instalación y puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización (desarrollo de página web, venta online – ecommerce, scommerce, mcommerce – etc…) o de gestión del establecimiento comercial (clientes, proveedores, etc…).
- h) El hardware y el software necesarios para la instalación y puesta en marcha o para la mejora de los sistemas anteriores, incluidas las correspondientes altas y licencias. En especial, los terminales de punto de venta compactos o modulares y sistemas de codificación y lectura óptica de productos.
- i) Formación necesaria para la utilización de los sistemas de comercialización o de gestión del establecimiento comercial anteriormente citados.
Compatibilidades
Las subvenciones son incompatibles con otras subvenciones o ayudas públicas para los mismos gastos subvencionados.
Normativa Oficial
Los procedimientos iniciados al amparo de las convocatorias publicadas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente orden continuarán rigiéndose por la normativa vigente en el momento de la iniciación del procedimiento de concesión de las correspondientes subvenciones.
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